CERTIFICADOS ENERGÉTICOS
¿Quién tiene la obligación de disponer de los certificados?
Los propietarios de VIVIENDAS Y LOCALES que quieran ALQUILAR O VENDER edificaciones de construcción anterior a 2007.
¿Qué normativa lo regula?
RealDecreto 235/20 1 3, de 5 de Abril, pr el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
¿Cuándo será obligatorio y qué periodo de validez tiene?
A partir del 1 de Junio de 2013. Tiene una validez de 10 años.
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REAL DECRETO PARA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES
El 5 de abril de 2013, se produjo la aprobación, en Consejo de Ministros del Real Decreto para la Certificación Energética de Edificios Existentes.
Con esta aprobación todos los inmuebles en venta o alquiler deberán mostrar en su publicidad una etiqueta energética similar a la que ya llevan los electrodomésticos.
Y deberán disponer de un certificado de eficiencia energética.
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